Puntos clave
- Hay 7 requisitos a fin de determinar la elegibilidad para el Crédito Tributario por Hijos: edad, lazo familiar, sustento financiero, requisito de dependiente, ciudadanía, duración de la residencia e ingreso familiar.
- Si no puedes reclamar el Crédito Tributario por Hijos por un dependiente, puede que este sea elegible para el Crédito por Otros Dependientes.
El Crédito Tributario por Hijos estándar es no reembolsable, pero el Crédito Tributario por Hijos Adicional es reembolsable, permitiendo un reembolso de hasta $1,700 incluso si no debes ningún impuesto.
- A fin de luchar contra el fraude, el IRS puede retrasar el procesamiento de reembolsos que incluyan el Crédito Tributario por Hijos.
Crédito Tributario por Hijos en los años tributarios 2024 y 2025
Antes de analizar como reclamar el Crédito Tributario por Hijos, necesitas entender a que nos referimos cuando hablamos de un "año tributario". El "año tributario 2024" se refiere al ingreso que ganaste y los impuestos que presentarás para el año calendario 2024, que generlmente se presentarán en abril del 2025.
Para reclamar el Crédito Tributario por Hijos en lo años tributarios 2024 y 2025, debes determinar si tu hijo es elegible. Tienes que cumplir con los siguientes siete requisitos:
1) Requisito de edad.
Para calificar, un hijo debe ser menor de 17 años de edad (a saber 16 años de edad o menor) al final del año tributario para el cual reclamas el crédito.
2) Requisito de lazo familiar.
El hijo debe ser tu propio/a hijo/a, hijastro/a o hijo/a de crianza a tu cargo debido a una sentencia judicial o por decisión de una agencia autorizada. Un hijo adoptado siempre se trata como tu propio/a hijo/a. (“Hijo adoptado” incluye a un niño/a que se encuentra a tu cargo por adopción legal, aun si esa adopción no es definitiva para el final del año tributario). También puedes reclamar a tu hermano/a o hermanastro/a. Y puedes reclamar a los descendientes de cualquiera de estas personas que califiquen, como sobrinos/as y nietos/as, si cumplen todos los demás requisitos.
3) Requisito de sustento financiero.
Para calificar, el hijo no puede haber proporcionado más de la mitad de su propio sustento financiero durante el año tributario.
4) Requisito de dependiente.
Debes reclamar al hijo/a como dependiente en tu propia declaración de impuestos. Ten en cuenta que, para que puedas reclamar a un hijo/a como dependiente, este/a debe cumplir las siguientes condiciones:
- ser tu hijo/a (o hijo/a adoptivo/a o de crianza), hermano/a, sobrino/a o nieto/a;
- tener menos de 19 años (o menos de 24 años y ser estudiante de tiempo completo durante cinco meses del año como mínimo o tener una discapacidad permanente, independientemente de la edad);
- haber vivido contigo durante más de medio año; y
- no haber proporcionado más de la mitad de su propio sustento financiero durante el año
5) Requisito de ciudadanía.
El hijo debe ser ciudadano, nativo o residente extranjero de los EE. UU. (Para fines tributarios, el término “nativo de los EE. UU.” se refiere a las personas nacidas en la Samoa Americana o en la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte).
6) Requisito de residencia.
El hijo tiene que haber vivido contigo por más de la mitad del año tributario para el que reclamas el crédito. Sin embargo, hay algunas excepciones importantes:
- Se considera que un hijo que nació (o falleció) durante el año tributario vivió contigo todo el año.
- Tus ausencias temporales o las de tu hijo/a debido a situaciones especiales, como escuela o universidad, vacaciones, negocios, atención médica, servicios militares o detención en un centro juvenil, se consideran como tiempo que tu hijo/a vivió contigo.
- También hay algunas excepciones al requisito de residencia para los hijos de padres divorciados o separados. Para obtener información detallada, consulta las instrucciones para el Formulario 1040.
7) Requisito de ingreso familiar.
El Crédito Tributario por Hijos de se reduce si tu Ingreso Bruto Ajustado Modificado (MAGI, por sus siglas en inglés) supera ciertos niveles, que se determinan en función de tu estado civil para los fines de la presentación de la declaración de impuestos. Para los años tributarios 2024 y 2025, la eliminación gradual del crédito comienza con $200,000 en ingresos ($400,000 para casados que presentan su declaración en conjunto).
Nota de TurboTax:
Si tienes un dependiente que no cumple con los requisitos para el Crédito Tributario por Hijos, quizás puedas reclamarlo como dependiente y cumplir los requisitos para el Crédito Tributario por Otros Dependientes.
¿Qué ocurre si el crédito supera mi deuda tributaria?
Para los años tributarios 2024 y 2025, el Crédito Tributario por Hijos no es reembolsable; si el crédito supera tu deuda tributaria, tu factura de impuestos se reduce a cero y se pierde toda la cantidad restante del crédito sin usar. Sin embargo, tal vez puedas reclamar un Crédito Tributario Adicional por Hijos reembolsable por el saldo no utilizado.
- Con el Crédito Tributario Adicional por Hijos, el máximo reembolsable es de $1,700 por hijo que califica en el 2024 y 2025.
- Para averiguar si eres elegible para este crédito reembolsable, completa la hoja de trabajo en el Formulario 8812 del IRS.
¿Qué es el Crédito por Otros Dependientes?
Si tienes un dependiente que no cumple los requisitos del Crédito Tributario por Hijos o el Crédito Tributario Adicional por Hijos, es posible que puedas reclamarlo como dependiente y calificar para el Crédito Tributario para el Cuidado de Otros Dependientes.
El Crédito por Otros Dependientes es un crédito alternativo que puede ser reclamado por dependientes que cumplen las siguientes condiciones:
- El dependiente es ciudadano, nacional o extranjero residente de los EE. UU.
- El dependiente no puede ser reclamado para el Crédito Tributario por Hijos o Crédito Tributario por Hijos Adicional.
- El dependiente será reclamado en tu declaración de impuestos.
- El dependiente tiene un número de Seguro Social o Número de Identificación Personal para Propósitos de Impuestos (ITIN por sus siglas en inglés).
Una cosa a notar para este crédito es que los dependientes pueden ser de cualquier edad. El máximo para este crédito es $500 por dependiente.
¿Cuándo recibiré mi reembolso?
Generalmente, toma 21 días o menos para que el IRS emita un rembolso a un contribuyente que presentó sus impuestos de forma electrónica y escogió recibirlo vía depósito directo.
Sin embargo, si tu declaración requiere revisiones adicionales debido a errores u omisiones, puede tomar más tiempo para procesar. Declaraciones que reclamen el Crédito Tributario por Hijos Adicional, también pudieran ser retrasadas.
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