¿Califico para el Crédito por Ingreso del Trabajo si recibo compensación por desempleo?
Que recibas beneficios de desempleo no significa que automáticamente dejes de ser elegible para el crédito, pero existen otros requisitos que también tendrás que cumplir a fin de reclamar el Crédito por Ingreso del Trabajo (EIC, por sus siglas en inglés).
Puntos clave
- Recibir beneficios del desempleo no te hace automáticamente elegible para recibir el crédito. Puede que seas elegible para el Crédito por Ingreso del Trabajo si generaste ingreso ganado de un empleo o trabajo por cuenta propia durante el año tributario.
- Puedes recibir el Crédito por Ingreso del Trabajo solo si tu ingreso bruto ajustado (AGI según sus siglas en inglés), está por debajo de los máximos aplicables para el año tributario. El AGI máximo aplicable varía, dependiendo de tu estado civil para propósitos de presentación y el número de hijos calificados.
- La compensación del desempleo que recibes cuenta hacia tu AGI. Puede que seas elegible para el Crédito por Ingreso del Trabajo si tu ingreso ganado y beneficios del desempleo exceden tu AGI máximo cuando los combinas.
- No eres elegible para el Crédito por Ingreso del Trabajo si tú o tu cónyuge (si presentan en conjunto) fueron extranjeros no residentes durante cualquier momento durante el año tributario. Si eres un ciudadano estadounidense o residente y vives en el extranjero, típicamente no puedes recibir el crédito.
Crédito por Ingreso del Trabajo
Como el nombre lo indica, para ser elegible para el EIC debes “obtener” ingresos, por ejemplo, a través del empleo. Sin embargo, que recibas beneficios de desempleo no significa que automáticamente dejes de ser elegible para el crédito, aunque existen otros requisitos que también tendrás que cumplir a fin de reclamar el EIC. Si lo haces, el crédito puede reducir tu declaración de impuestos o, incluso, dar lugar a un reembolso.
Compensación por desempleo
El IRS (Servicio de Impuestos Internos) define el ingreso del trabajo como la compensación que recibes por el empleo y el trabajo por cuenta propia. Esta definición excluye específicamente toda compensación por desempleo que recibas de tu estado.
Sin embargo, siempre y cuando hayas trabajado o desarrollado de cualquier otro modo un trabajo por cuenta propia durante el mismo año que comenzaste a recibir beneficios de desempleo, es posible que aún seas elegible para reclamar el Crédito por Ingreso del Trabajo.
Limitaciones del AGI
El EIC solo está disponible si tu Ingreso Bruto Ajustado (AGI, por sus siglas en inglés) es menor que el máximo aplicable correspondiente al año tributario. El AGI máximo aplicable depende de tu estado civil y de la cantidad de hijos que califican.
- El AGI máximo aplicable aumenta si tienes hasta tres hijos que califican.
- Además, es más alto para contribuyentes casados que para solteros.
Tu AGI, que aparece en la primera página de tu declaración de impuestos, equivale a tus ingresos totales sujetos al impuesto sobre los ingresos, menos las deducciones que el IRS denomina “ajustes a los ingresos”.
A fin de ser elegible para el Crédito por Ingreso del Trabajo:
- debes tener “ingreso del trabajo” (del que ya hablamos antes) Y
- tu AGI debe ser inferior al límite aplicable.
Es posible que tu ingreso del trabajo esté por debajo del límite, pero que tus ingresos totales y, por lo tanto, tu AGI, estén por encima de ese límite debido a la suma de la compensación por desempleo. Esto podría dar lugar a que no seas elegible para el EIC.
Para conocer los límites de AGI correspondientes a tu situación particular, consulta la Publicación 596 del IRS. Si usas TurboTax para preparar tus impuestos, te haremos preguntas sencillas, haremos todos los cálculos y te diremos si eres elegible para el crédito.
La Ley de Asignaciones de Fondos Consolidadas (CAA según sus siglas en inglés) fue firmada el 27 de diciembre de 2020 como una medida de estímulo para proveer alivio a los afectados por la pandemia. Para el año tributario 2020, la ley CAA les permite a los contribuyentes utilizar su ingreso ganados del 2020 o 2019 para calcular el Crédito Tributario por Hijos Adicional (ACTC según sus siglas en inglés) y también el Crédito por Ingreso del Trabajo (EITC según sus siglas en inglés). Para el 2021, puedes usar el ingreso del año que te prevea el crédito más alto, sea 2019 o 2021.
Nota de TurboTax:
Si tu ingreso de inversiones sobrepasa los $11,600 durante el año (año tributario 2024), no serás elegible para Crédito por Ingreso del Trabajo. El ingreso de inversiones incluye intereses de tu cuenta bancaria y ganancias de capital de la venta de inversiones como acciones o bonos.
Ciudadano o residente
Si tú o tu cónyuge (si hacen la presentación conjunta) fueron extranjeros no residentes en algún momento durante el año tributario, no serás elegible para el Crédito por Ingreso del Trabajo.
Si no tienes la ciudadanía estadounidense, debes tener una tarjeta de residencia que te permita residir en el país o cumplir con el requisito de presencia sustancial del IRS.
- Este requisito exige que estés físicamente presente en los Estados Unidos durante una determinada cantidad de días.
- Además, debes tener una tarjeta del Seguro Social válida que no incluya la frase “no válida para empleo”.
- Si eres ciudadano o residente estadounidense y vives en el extranjero, no eres elegible para el crédito tributario.
Ingresos máximos por inversiones
A fin de ser elegible para el Crédito por Ingreso del Trabajo, tus ingresos por inversiones correspondientes al año tributario 2024 no deben superar los $11,600. Tus ingresos por inversiones nunca incluyen el dinero que ganas por el ejercicio de tu profesión ni la compensación por desempleo. Sin embargo, sí incluye:
- Las ganancias de capital que obtuviste de inversiones como, por ejemplo, acciones y bonos
- Intereses de una cuenta bancaria
- Dividendos.
Como ya dijimos, si usas TurboTax para preparar tu declaración de impuestos, te haremos peguntas directas y fáciles de responder sobre tus ingresos y tu vida, y haremos todo lo necesario para determinar si calificas para el EIC o para otras deducciones y créditos.
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